El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto-ley 7/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico, tras el apagón eléctrico del pasado 28 de abril. El objetivo es reforzar la supervisión y resiliencia del sector eléctrico, con medidas para el control del cumplimiento de las obligaciones de los distintos agentes, la inclusión de nuevas herramientas para reforzar el sistema eléctrico, además de medidas para impulsar la electrificación, el almacenamiento energético y la flexibilidad.

Estas medidas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) para incrementar la robustez del sistema eléctrico son resultado del trabajo del Comité para el análisis de las circunstancias que concurrieron en la crisis de electricidad del pasado 28 de abril, cuyo informe se publicó la semana pasada.
Refuerzo de la gestión técnica del sistema eléctrico
El Real Decreto-ley aprobado potencia las funciones de supervisión de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que tendrá seis meses para evaluar las obligaciones de control de tensión de los agentes del sistema eléctrico obligados a prestar el servicio, y elaborar el informe correspondiente, que actualizará cada tres meses. El regulador independiente también completará un plan de inspección extraordinario de las capacidades de reposición, que se repetirá cada tres años.
Por otro lado, se encarga al operador del sistema, Red Eléctrica, que elabore propuestas de modificaciones normativas sobre las respuestas frente a las oscilaciones de potencia, sobre la velocidad de variación de tensiones, sobre la programación de las restricciones técnicas y sobre otros elementos técnicos que contribuyen a fortalecer la seguridad del sistema eléctrico. Y también se le encomienda el desarrollo de un nuevo procedimiento de operación para coordinar los planes de desarrollo de la red de transporte y de la red de distribución, y una propuesta de requisitos mínimos de monitorización para análisis de incidentes.
Asimismo, Red Eléctrica incorporará a sus funciones la de servir como punto de acceso único a los datos de los clientes finales (respetando la confidencialidad de la información personal) para mejorar el funcionamiento de los mercados de electricidad. Hasta ahora, esta información, procedente de 30 millones de contadores inteligentes, se encuentra repartida por más de 300 compañías distribuidoras.
Revisión de la planificación de la red de transporte
La norma aprobada también establece que cada tres años se revisará la planificación de la red de transporte en vigor, lo que iniciará un nuevo ciclo de planificación sexenal, y se aprobarán modificaciones de aspectos puntuales cada dos años.
Para anticipar futuras necesidades de regulación de tensión y amortiguamiento de oscilaciones, entre otras variables eléctricas, de manera excepcional se modificará con tramitación acelerada la vigente Planificación eléctrica con horizonte 2026 para incluir compensadores síncronos, reactancias y otros elementos que presten servicios adicionales.
Acceso y conexión de la demanda
También se revisa la normativa de acceso y conexión de la demanda, fijando en cinco años el plazo de caducidad de los derechos de acceso, lo que posibilitará un mayor aprovechamiento de redes existentes y, actualmente, en desuso. E igualmente se acortan los plazos para que las empresas eléctricas atiendan nuevos suministros, y se adoptan disposiciones para agilizar la conexión de nuevos accesos para demanda, principalmente industrial.
Además, las facilidades de conexión alcanzan a las acometidas de los puntos de recarga para vehículos eléctricos, que quedan exentas de autorización, siempre que no sea necesaria una evaluación de impacto ambiental ni una declaración de utilidad pública.
Impulso relevante al almacenamiento y la flexibilidad
El Real Decreto-ley aprobado da un impulso muy relevante al almacenamiento, tanto mediante la hibridación en instalaciones de generación como con su incorporación al sistema eléctrico en general. Se agiliza la tramitación administrativa de los expedientes, especialmente en el ámbito de proyectos que sean competencia de la Administración General de Estado, con una reducción de los plazos a la mitad.
Y también se modifica la Ley 24/2013 del sector eléctrico para incorporar nuevas herramientas de flexibilidad, entre las que destaca la figura del agregador independiente, que combinará múltiples consumos y la electricidad generada por consumidores, productores o instalaciones de almacenamiento para su venta o compra en los mercados de electricidad y la prestación de servicios al sistema. Con el desarrollo de estas disposiciones, los consumidores podrán contratar los servicios de un agregador para que gestione su demanda y obtener un ahorro en la factura o algún otro tipo de contraprestación.
En la línea de medidas de electrificación, para fomentar el autoconsumo, la distancia máxima entre la generación y el consumo aumenta a 5 km para instalaciones menores de 5 MW, se flexibilizan las tipologías, y se introduce la figura del gestor de autoconsumo, que podrá ejercer de representante de los partícipes, facilitando las gestiones necesarias para su buen funcionamiento. Por otro lado, para seguir potenciando la demanda y la electrificación industrial, el decreto incorpora la exención del 80% de los peajes eléctricos a la industria electrointensiva con carácter retroactivo desde el pasado 23 de enero.
Por último, la tramitación de los proyectos de renovables también se modifica, para facilitar su ejecución, y se fomenta la renovación de instalaciones de generación –su repotenciación–, reduciendo los plazos administrativos a la mitad, siempre que la potencia resultante sea inferior al 125% de la original.