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La revisión de la normativa vigente permitirá impulsar el autoconsumo energético compartido

Publicado: 08/10/2025

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha iniciado el trámite de audiencia pública de una Propuesta de real decreto por el que se modifican determinados aspectos relativos al autoconsumo de energía eléctrica. La propuesta de decreto plantea facilitar los autoconsumos colectivos con nuevas modalidades, la proporción de autoconsumo entre los consumos asociados, y conectarse a dos autoconsumos; así como la introducción de la figura del gestor del autoconsumo, y el aumento de la distancia máxima entre el consumo y la generación.

Una revisión de la normativa vigente otorgará un nuevo impulso al autoconsumo compartido
Entre otras cuestiones, la propuesta de decreto prevé ampliar a 5 km la distancia máxima entre generación y consumo.

El trámite de audiencia pública estará abierto hasta el 24 de octubre de 2025. Las alegaciones a la propuesta de Real Decreto deben enviarse por correo electrónico a la dirección bzn-autoconsumo@miteco.es, con el asunto ‘IP-RD modificación autoconsumo’.

Aumento del autoconsumo de electricidad

El autoconsumo de electricidad se ha multiplicado por 17 desde 2018, pasando de los 484 MW instalados que calcula el sector, a cerrar el año pasado con un total de 8.256 MW, según los datos oficiales del Miteco. En este tiempo, el autoconsumo ha demostrado ser una herramienta eficaz para incrementar la producción de energía renovable, electrificar la economía, facilitar la participación ciudadana en el sector energético y proporcionar importantes ahorros a los consumidores.

Con el crecimiento experimentado han surgido nuevas necesidades y posibilidades no reflejadas en la normativa de referencia, el Real Decreto 244/2019, sobre todo en el autoconsumo compartido.

En este sentido, el proyecto normativo otorgará un nuevo impulso al autoconsumo, especialmente a las modalidades compartidas, afinando la regulación existente para facilitar su despliegue y eliminar las barreras detectadas, con vistas a alcanzar el objetivo del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030 de disponer de 19 GW de autoconsumo al final de la década.

Impulso al autoconsumo compartido

La propuesta de decreto plantea facilitar los autoconsumos colectivos. Por ejemplo, se introducen nuevas modalidades, como la de excedentes compartidos, en la que el consumidor principal realiza el autoconsumo y solo comparte el excedente con otros consumidores. En estos casos, un centro comercial, una escuela, o un edificio público autoconsumiría lo que necesitase con una gran instalación en sus cubiertas, y compartiría sus excedentes con su entorno.

Asimismo, se habilita la conexión a dos autoconsumos simultáneamente, siempre que uno sea de la modalidad individual sin excedentes y el otro un autoconsumo colectivo a través de la red; o se agiliza el cambio de una modalidad de autoconsumo a otra, que podrá ser mensual, al igual que la modificación de los coeficientes de reparto de energía entre los consumidores.

Igualmente, se contempla la figura del gestor del autoconsumo, una persona física o jurídica que represente los intereses de los consumidores asociados a un autoconsumo y realice en su nombre las actuaciones necesarias para el buen funcionamiento del sistema. Esta figura puede desempeñar una función clave en las comunidades energéticas y sus relaciones internas y externas.

Del mismo modo, se incluye varias medidas técnicas relativas a la conexión de las instalaciones y los puntos de medida, la modificación de las facturas remitidas a los autoconsumidores acogidos al mercado regulado, el PVPC –deberán incluir la producción de la instalación y su reparto–, y la obligación de dar acceso a los datos de generación del autoconsumo en las mismas plataformas donde el consumidor puede consultar sus datos de consumo.

Por último, se plantea aumentar la distancia máxima entre el consumo y la generación desde los 2 km fijados en la actualidad hasta los 5 km, siempre que la instalación productora de energía sea menor de 5 MW y esté ubicada en edificios, estructuras artificiales o suelo industrial.

Publicado en: Consumo Energía Eléctrica Etiquetado como: Autoconsumo Energético, Comunidad Energética, Energía Eléctrica, Energía Renovable, Normativa

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