El Consejo Europeo ha adoptado una directiva que modifica los requisitos aplicables a los instrumentos de medición vendidos y comercializados en el mercado único. La Directiva actualizada sobre Instrumentos de Medida (MID, por sus siglas en inglés) facilitará el despliegue de cargadores para vehículos eléctricos, surtidores de gas comprimido y contadores de energía térmica. Las nuevas normas también impulsan el uso de gases emergentes como el hidrógeno para contribuir a la descarbonización de los procesos industriales.

La nueva directiva establece normas comunes para los cargadores eléctricos y los surtidores de gas, allanando el camino para el despliegue generalizado de infraestructuras de recarga. Las normas revisadas también priorizan la digitalización y la medición inteligente.
Directiva MID y despliegue de infraestructuras de recarga
La directiva MID actualizada amplía su ámbito de aplicación para abarcar todos los equipos de suministro de vehículos eléctricos (EVSE), incluidos los destinados a ferrocarril, embarcaciones, buques y aeronaves. Esta armonización técnica incorpora exigencias para que los cables de los EVSE puedan sustituirse fácilmente en caso de daño o robo, sin que se reduzca el rendimiento del equipo.
Los nuevos requisitos de la directiva establecen que los resultados de medición de gas y electricidad se muestren directamente en el contador o mediante una pantalla remota. En el caso de los EVSE y de los surtidores de gas comprimido, la información podrá visualizarse en la pantalla del vehículo o en dispositivos del usuario final, como teléfonos inteligentes.
Tras la aprobación por el Consejo Europeo, el acto legislativo queda formalmente adoptado. La norma entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. A partir de ese momento, los Estados miembros dispondrán de 24 meses para incorporar las nuevas reglas de la directiva MID a sus ordenamientos jurídicos nacionales.
Las obligaciones actualizadas empezarán a aplicarse 30 meses después de la entrada en vigor, salvo para los cargadores EVSE y los surtidores de gas comprimido, que contarán con un periodo transitorio ampliado de 48 meses.