El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha abierto el trámite de consulta pública previa sobre la elaboración de un procedimiento administrativo unificado para el otorgamiento de los permisos y autorizaciones de instalaciones de producción y de la concesión de aguas en las centras hidráulicas reversibles. El objetivo es regular un procedimiento coordinado para la autorización administrativa de las centrales de almacenamiento hidráulico de energía y asegurar que el proyecto que obtenga la reserva de capacidad de acceso en un nudo concreto de la red de transporte de energía eléctrica sea también el que reciba la concesión de aguas en un procedimiento de concurrencia competitiva multicriterio. Se podrá presentar documentación hasta el 1 de abril.

Las centrales hidráulicas reversibles (CHR) se rigen por un entramado de disposiciones sectoriales en el ámbito del sector eléctrico, del agua, de la evaluación ambiental, y del cambio climático y la transición energética. En base a este marco, la administración energética otorga las autorizaciones administrativas, integrando un procedimiento ordinario de evaluación de impacto ambiental, mientras que el uso del agua requiere concesión específica y, además, el gestor de la red concede los permisos de acceso y conexión. Para instalaciones de más de 50 MW o que afecten a más de una comunidad autónoma, la Administración General del Estado asume la autorización previa, de construcción y de explotación, la evaluación de impacto ambiental favorable y la concesión de uso para almacenamiento hidráulico de energía en cuencas intercomunitarias, además del permiso de acceso y conexión.
La iniciativa plantea la unificación de procedimientos para centrales hidráulicas reversibles, de forma que la información pública y las consultas a administraciones y órganos ambientales integren también los aspectos relativos al dominio público hidráulico. Se propone un procedimiento coordinado que reúna la parte sustantiva, la evaluación ambiental y la concesión de aguas, garantizando también la coherencia entre concursos de concesiones de agua y concursos de acceso y conexión a la red.
En los casos en que la concesión de aguas se tramite en concurrencia competitiva, se pretende que los proyectos que obtengan permisos de acceso y conexión a la red de transporte sean los mismos que logren la concesión para almacenamiento hidráulico de energía y, posteriormente, las autorizaciones administrativas y la evaluación ambiental. El Real Decreto 1183/2020 permite reservar capacidad de acceso en nudos concretos, por lo que se considera imprescindible coordinar estos concursos con los procedimientos de concesión de aguas para CHR.
Procedimiento unificado para las centrales hidráulicas reversibles
La propuesta se sitúa en el contexto del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030, que fija para 2030 objetivos de reducción de emisiones, penetración de renovables y medidas de flexibilidad, incluyendo una meta de 22,5 GW de potencia instalada de almacenamiento.
La Ley 7/2021 refuerza este enfoque al establecer que las nuevas concesiones de agua prioricen la integración de renovables y promuevan centrales hidroeléctricas reversibles, respetando objetivos ambientales y caudales ecológicos. Además, el artículo 22.2 de la Ley 24/2013 permite un procedimiento simplificado único para autorización de unidades de producción y concesión de aguas cuando el Estado es competente en materia hidráulica y energética, y el Real Decreto-ley 8/2023 modifica el artículo 60 del texto refundido de la Ley de Aguas para dar prioridad al almacenamiento hidráulico de energía frente al uso industrial para generación eléctrica.
Teniendo en cuenta este marco normativo, la necesidad y oportunidad de aprobación de esta norma es la de elaborar un procedimiento administrativo integrado que involucre a las tres administraciones afectadas (energética, hidráulica y ambiental) para el otorgamiento de los permisos, autorizaciones y concesión requeridos de las CHR, lo que permitirá impulsar el almacenamiento hidráulico de energía y cumplir con los objetivos de España de descarbonización.
Los objetivos de esta norma son regular un procedimiento coordinado para la autorización administrativa de centrales de almacenamiento hidráulico de energía cuando los expedientes energético y concesional dependan de la AGE, y vincular la reserva de capacidad de acceso en un nudo de transporte con la obtención de la concesión de aguas en procedimientos de concurrencia competitiva multicriterio. Se contemplan distintas combinaciones según se trate de proyectos vinculados o no a obras del Estado (artículos 132 y 105 del Real Decreto 849/1986) y según el tipo de nudo de acceso (reservado a concurso, nudo de transición justa u otros) conforme al Real Decreto 1183/2020.
La consulta pública previa permanecerá abierta hasta el 1 de abril de 2026, y las aportaciones deberán presentarse exclusivamente a través del formulario web habilitado.