La CNMC aprueba las circulares de retribución de la actividad de transporte y distribución de energía eléctrica

Publicación del Boletín Oficial del Estadoi

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado con fecha de 19 de diciembre tres nuevas circulares aprobadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Se trata de la Circular 5/2019 por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica para el periodo 2020-2025; la Circular 6/2019 que determina la metodología de retribución a la actividad de distribución eléctrica; y la Circular 7/2019 por la que se aprueban las instalaciones tipo y los valores unitarios de referencia de las instalaciones de transporte de energía eléctrica. Las reducciones a la retribución serán del 7,3% para el transporte, y 4,5 % para la distribución.

Publicación en el BOE de la circular que determina la metodología de retribución a la distribución eléctrica.

Respecto a la Circular 5/2019, que mayoritariamente afecta a Red Eléctrica de España (REE), la metodología propuesta contiene una serie de mejoras que clarifican las reglas y fomenta la eficiencia de las empresas transportistas, tanto en la construcción de las infraestructuras como en la operación y mantenimiento de las mismas.

Asimismo, la nueva norma introduce incentivos para la inclusión de energías renovables y la digitalización de las redes. El modelo pretende cumplir con los objetivos en materia de eficiencia energética e integración de renovables; priorizando la mejora y actualización de la red existente; contemplando nuevas inversiones en redes inteligentes y posibilitando el alargamiento de vida útil de las instalaciones.

La Circular supone un ajuste en la retribución que se producirá gradualmente a lo largo del periodo regulatorio. El mayor impacto se produce por la reducción de la tasa de retribución financiera, lo que representa una disminución acumulada para todo el sector eléctrico en el periodo 2020-2025 de un 5%. Respecto al impacto conjunto, supondría una reducción de la retribución en dicho periodo del 7,3%.

Retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica

La segunda de las circulares aprobadas, la Circular 6/2019 por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica, que aborda a unas 300 empresas en España, introduce incentivos a la eficiencia, como prolongar la vida útil de las instalaciones, y modifica los criterios que mejoran la calidad y reducen el fraude.

Entre otras cosas, esta norma modifica el cálculo del valor de la inversión retribuible de las instalaciones puestas en servicio desde el primer año de aplicación de la circular. Y en línea con las necesidades del sector, contempla la realización por parte de las empresas distribuidoras de nuevas inversiones necesarias para la inclusión de energías renovables y la digitalización de las redes.

El ajuste en la retribución también se produce fundamentalmente como consecuencia de la reducción de la tasa de retribución financiera, que en este caso representa una disminución acumulada para el conjunto del sector en el periodo 2020-2025 de un 4,1%. El impacto conjunto se estima en una reducción del 4,5%.

Instalaciones de transporte de energía eléctrica

Por último, la CNMC ha dado luz verde a la Circular 7/2019 que pretende orientar a las empresas transportistas a ser más eficientes a nivel de operación y mantenimiento. Con la nueva norma, las empresas podrán retener parte de las ganancias que logren por fomentar la eficiencia, así como se incluyen nuevos tipos de instalaciones para incluir las energías renovables y facilitar la digitalización de las redes.

Esta norma completa la Circular 5/2019 de metodología retributiva de la actividad de transporte. Los nuevos valores representan una reducción de los valores vigentes establecidos para casi todas las instalaciones tipo. La reducción media estimada para el periodo 2020-2025 en la retribución por operación y mantenimiento es de un 10%.

 
 
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