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Audiencia e información pública de la nueva propuesta de real decreto para reforzar el sistema eléctrico

Publicado: 01/08/2025

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) tendrá abierta a información pública hasta el 11 de agosto la propuesta de Real Decreto por el que se aprueban determinadas medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico en España. La propuesta actúa sobre la supervisión, control y transparencia, el almacenamiento energético y la electrificación de la demanda.

red eléctrica
La propuesta de real decreto actúa sobre la supervisión, control y transparencia del sistema eléctrico.

Este trámite de audiencia e información pública se lleva a cabo tras la aprobación esta semana en Consejo de Ministros de la tramitación administrativa urgente de un nuevo proyecto regulatorio que contiene medidas incluidas en el Real Decreto-ley 7/2025 derogado en el Congreso, que pueden promulgarse con menor rango normativo y que contribuyen a aumentar la resiliencia del sistema eléctrico y responder a los riesgos y oportunidades de la transición ecológica. Las alegaciones pueden remitirse hasta el 11 de agosto al correo electrónico bzn-normas-sgiise@miteco.es, indicando en el asunto: ‘Alegaciones PRD Medidas Urgentes’.

Supervisión y control del sistema eléctrico

La propuesta de real decreto, de marcado contenido técnico, incorpora medidas de supervisión y control dirigidas al cumplimiento de las obligaciones por parte del conjunto de agentes del sector eléctrico.

Para reforzar la gestión técnica del sistema, se propone potenciar las funciones de supervisión de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que deberá evaluar las obligaciones de control de tensión de los sujetos obligados a prestar el servicio, y elaborar el informe correspondiente, que actualizará cada tres meses. Asimismo, el regulador completará un plan de inspección extraordinario de las capacidades de reposición, con mayor atención a las instalaciones con arranque autónomo y las redes de distribución, que se repetirá cada tres años.

Por otra parte, la propuesta encomienda al operador del sistema eléctrico, Red Eléctrica, a elaborar propuestas de modificaciones normativas sobre las respuestas frente a las oscilaciones de potencia, sobre la velocidad de variación de tensiones, sobre la programación de las restricciones técnicas y sobre otros elementos técnicos que contribuyen a fortalecer la seguridad del sistema eléctrico. Y también emplaza a Red Eléctrica el desarrollo de un nuevo procedimiento de operación para coordinar los planes de desarrollo de la red de transporte y de la red de distribución, y una propuesta de requisitos mínimos de monitorización para análisis de incidentes.

Estas propuestas técnicas del operador del sistema deberán estar listas en plazos de tres a seis meses. Las reformas normativas subsiguientes deben ser analizadas por parte de los organismos competentes y, en su caso, tras las correspondientes valoraciones, aprobarlas en menos de seis meses.

Impulso al almacenamiento energético

Además, el borrador de decreto facilita incorporar al sistema eléctrico el almacenamiento, que debe alcanzar una potencia de 22,5 GW en 2030, según las previsiones del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030.

En concreto, incluye disposiciones técnicas específicas para las hibridaciones de módulos de almacenamiento con instalaciones de generación, priorizando las actuaciones ubicadas dentro del terreno ocupado por la instalación original, ya antropizado. Para ello, contempla medidas asociadas a la definición de la potencia instalada, el cambio de la prioridad de despacho de instalaciones para evitar penalizar la hibridación y la agilización de la tramitación de proyectos de hibridación.

Conexión a la red eléctrica de nuevas actividades económicas

Por otro lado, la propuesta regulatoria fomenta la conexión a la red eléctrica de nuevas actividades económicas, principalmente industriales, al fijar la caducidad de los derechos de acceso y conexión para demanda a los cinco años de haber sido otorgados, con el objetivo de prevenir el acaparamiento y la especulación. Las peticiones de acceso y conexión para demanda deberán identificar el código CNAE de la actividad a desarrollar, que deberá ser la misma cuando, posteriormente, se firme el correspondiente contrato de acceso y conexión.

La demanda de electricidad, para puntos de recarga para vehículos eléctricos o para los sectores terciario y residencial, también se impulsa al acotar los plazos de respuesta de las compañías distribuidoras a la hora de poner en marcha las extensiones de red requeridas para nuevos suministros: serán de cinco días si no hay que ampliar la red, de 30 días si se precisa esta ampliación, de 60 días si hay que construir un centro de transformación y 80 días como máximo si hay que construir varios centros.

A su vez, la propuesta de real decreto incorpora otros elementos relevantes al ordenamiento jurídico, como de la definición de repotenciación, y modifica la autorización de plataformas que sirvan para conectar instalaciones de generación o almacenamiento de I+D+i, de tal forma que podrán obtener autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de proyectos tipo. Esto permitirá que baste con una autorización de explotación para desconectar un prototipo y conectar uno nuevo.

Publicado en: Smart Grid Etiquetado como: Distribución Eléctrica, Normativa, Red de Transporte de Energía Eléctrica, Resiliencia Energética, Sector Energético

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