Las ayudas para adaptar los puertos al despliegue de renovables marinas se someten a audiencia pública

Port-Eolmar

El proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de adaptación física de la infraestructura portuaria de titularidad estatal destinada a la eólica y otras renovables marinas, así como el proyecto de resolución para la publicación de la convocatoria de estas ayudas, se somete a audiencia pública hasta el miércoles 17 de septiembre de 2025, fecha límite para la presentación de alegaciones. El programa Port-Eolmar, enmarcado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), destinará más de 160 millones de euros a reforzar las capacidades logísticas y de infraestructura portuaria de España de cara a la fabricación, montaje y mantenimiento de parques eólicos marinos y dispositivos de energías del mar.

España aspira a ser referente para la prueba de nuevos prototipos y soluciones relacionados con las energías renovables marinas.

El programa financiará proyectos singulares en ubicaciones estratégicas que mejoren significativamente las capacidades logísticas de la infraestructura portuaria, mediante la construcción o adaptación de muelles y/o superficies de operación en su zona trasera, así como los servicios generales asociados a su puesta en explotación. Estas inversiones solo podrán realizarse en la Zona I de los Puertos de Interés General de todo el territorio nacional, correspondientes a las aguas abrigadas.

El objetivo es que estos proyectos se constituyan como base logística durante la fase de construcción, montaje, puesta en marcha, reparación y mantenimiento de los futuros parques eólicos marinos y otros componentes de renovables marinas, creando superficies con dimensiones suficientes para las operaciones de grandes buques y aerogeneradores eólicos marinos, componentes y plataformas flotantes y fijas; así como para la maquinaria logística necesaria para su adecuado transporte, almacenamiento, montaje y manipulación.

Bases logísticas para los futuros parques eólicos marinos

A cada actuación subvencionable, se le exigirán unos requerimientos de capacidad de longitud mínima de alineación de muelle, calado y superficie mínima de explanada asociada, que permitan dar respuesta a las actividades de fabricación, montaje y transporte de aerogeneradores marinos para el desarrollo de los parques eólicos en alta mar en España.

Las propuestas deberán estar vinculadas a un proyecto industrial con una inversión comparable o superior a la ayuda solicitada, con una vigencia temporal de al menos 10 años, ligada a la eólica marina y/o a las renovables marinas.

En el proyecto de convocatoria se ha preasignado presupuesto para tres regiones/subregiones marinas: la Subregión del Golfo de Vizcaya y las Costas Ibéricas y la Subregión Atlántico Macaronésica de Canarias en la Región del Atlántico Norte, y la Región del Mar Mediterráneo.

Gestión de las ayudas del programa Port-Eolmar

El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), organismo dependiente de Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), será el encargado de gestionar estas ayudas, que se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y se instrumentalizarán como subvenciones, con carácter definitivo, una vez se verifique la ejecución del proyecto, se acrediten los costes subvencionables en los que se haya incurrido y los compromisos de inversiones en los proyectos industriales asociados.

Los proyectos beneficiarios deben estar vinculados con compromisos de inversión privada para su explotación, con el objetivo de reforzar la autonomía estratégica española y europea en la cadena de valor de renovables marinas e impulsar el liderazgo en renovables.

Entre otros criterios de valoración, los proyectos tendrán que respetar el principio europeo de ‘no causar un daño significativo’ (DNSH) al medioambiente, así como el resto de la normativa ambiental aplicable, y se valorará el grado de madurez del proyecto, las capacidades logísticas, el criterio económico, etc.

Solamente se admitirán proyectos cuya fecha de inicio de ejecución sea posterior al 1 de febrero de 2022. En cualquier caso, solo serán subvencionables los costes asociados a las actuaciones cuya ejecución material se inicie en fecha posterior a la fecha de registro en la sede electrónica del IDAE de la solicitud de la ayuda.

Las alegaciones a los proyectos de orden ministerial y de resolución de la convocatoria de ayudas deben remitirse antes del 17 de septiembre a la dirección de correo bzn-renovables-01@miteco.es.

 
 
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