El Consejo de Ministros ha aprobado esta semana el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos (Recore), al que están acogidas más de 62.000 instalaciones. El objetivo es garantizar la rentabilidad regulada de las centrales en un entorno de mercado con precios cero y negativos, incrementar la seguridad de suministro al aumentar la visibilidad y el control del operador del sistema, y facilitar la integración del almacenamiento. Con la nueva normativa, el Gobierno pretende protege a las renovables frente a los precios bajos y refuerza el papel de Red Eléctrica dentro del sistema.

Los ingresos anuales de las instalaciones acogidas al Recore se reducen si su número de horas equivalentes de funcionamiento -el cociente entre la energía vendida y la potencia instalada- se encuentran por debajo de un mínimo fijado para cada tipo de instalación. Y con el objetivo de que el nuevo entorno de precios bajos no afecte a su rentabilidad regulada, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) destaca que con este nuevo real decreto ahora no se minorarán las horas equivalentes de funcionamiento por la energía vendida en horas con precio cero durante seis horas consecutivas o más, ni tampoco por la energía no vendida como resultado del proceso de restricciones técnicas.
Además, el real decreto aprobado amplía las obligaciones de adscripción a un centro de control para las instalaciones de generación, y se incluyen también los almacenamientos, que tendrán que remitir telemedidas en tiempo real al operador del sistema eléctrico, Red Eléctrica, y recibirán consignas de operación. Las instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte también deberán enviar telemedidas al operador del sistema.
Penetración del almacenamiento y de tecnologías flexibles
A su vez, para potenciar la penetración del almacenamiento y de tecnologías flexibles, se modifica el orden de prelación del redespacho a la baja no basado en el mercado, suprimiendo el concepto de generación no gestionable e incorporando de forma expresa el almacenamiento.
De esta manera, las instalaciones de renovables, incluyendo aquellas con almacenamiento, tendrán prioridad para evacuar la energía producida cuando la potencia del almacenamiento sea menor que la potencia de la instalación renovable; además de las instalaciones de cogeneración de alta eficiencia, incluyendo aquellas con almacenamiento, y del resto de tecnologías. Red Eléctrica podrá dar preferencia a las instalaciones que más contribuyan a garantizar la seguridad y la calidad del suministro.
Recogida de residuos
Por otra parte, trasponiendo la normativa europea y cumpliendo lo establecido en la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados, se incorpora el principio de la jerarquía de los residuos a la normativa sectorial y se establece la obligación de certificar la recogida separada de residuos para que la incineración pueda percibir el Recore. Y también cumpliendo la legislación comunitaria, se establece un límite de emisión de 270 g de CO2 por kWh para las nuevas instalaciones de cogeneración y las renovaciones sustanciales de las existentes.
Por último, atendiendo a circunstancias surgidas tras la erupción volcánica en La Palma o la dana de Valencia, el nuevo decreto aclara el procedimiento a seguir en caso de que se reduzca la generación de las instalaciones por causa de fuerza mayor, e introduce ajustes técnicos en la gestión de las liquidaciones del sistema realizadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).