La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la modificación de determinados procedimientos de operación del sistema eléctrico por razones operativas con carácter de urgencia. Esta modificación tendrá implicaciones en los procedimientos de operación: P.O. 3.1 Proceso de Programación, P.O. 3.2 Restricciones Técnicas y P.O. 7.2 Regulación Secundaria. La vigencia de estos cambios será temporal.

El objetivo de esta modificación es incrementar las herramientas del operador del sistema eléctrico para reforzar la seguridad del suministro de electricidad en caso de producirse variaciones bruscas de tensión.
Cambios en los procedimientos de operación del sistema eléctrico
Tras el análisis de los comentarios presentados en el trámite de audiencia pública llevado a cabo recientemente por la CNMC, esta última ha aprobado algunas de las medidas propuestas por el operador del sistema eléctrico, Red Eléctrica, con ciertos ajustes en el texto para limitar su posible impacto.
En concreto, Red Eléctrica propuso modificaciones en los procedimientos P.O. 3.1, P.O. 3.2, P.O. 7.2 y P.O 7.4. Y finalmente, los cambios adoptados tendrán implicaciones en los procedimientos de operación: P.O. 3.1 Proceso de Programación, P.O. 3.2 Restricciones Técnicas y P.O. 7.2 Regulación Secundaria.
Las medidas serán de aplicación durante un periodo inicial de 30 días prorrogables hasta un máximo de 3 meses.
Coordinación en el contexto actual del sistema eléctrico
Además, la CNMC pondrá en marcha un plan de trabajo para abordar medidas adicionales, si fuesen necesarias, promoviendo un análisis conjunto con los distintos sujetos y operadores del sistema, con el fin de reforzar la coordinación en el contexto actual del sistema eléctrico.
La CNMC explica que supervisará de manera continuada el impacto de las medidas sobre el buen funcionamiento del mercado de electricidad.