La Comisión Europea actualiza la guía para preparar la aplicación del Pasaporte Digital de Baterías

La Comisión Europea ha publicado una versión actualizada de la guía destinada a ayudar a los operadores y demás partes interesadas a preparar la implantación del Pasaporte Digital de Baterías previsto en el Reglamento (UE) 2023/1542, relativo a las baterías y sus residuos. El documento reúne 71 puntos de datos aplicables a baterías de vehículos eléctricos (VE), baterías de medios de transporte ligeros (LMT) y baterías industriales sujetas a este requisito.

El documento ofrece una visión estructurada de los datos relevantes para las baterías de vehículos eléctricos (VE), las baterías de medios de transporte ligeros (LMT) y las baterías industriales incluidas en los requisitos del pasaporte.

La guía, titulada ‘Guidance Document: Digital Batteries Passport – data points by category’, ofrece una visión estructurada de la información que deberá gestionarse en cada categoría de batería. Para cada punto de datos, identifica su fuente jurídica y precisa si la información es obligatoria, opcional, aplicable solo en determinadas circunstancias o si no tendrá que completarse o mostrarse desde febrero de 2027, fecha en la que comenzarán a aplicarse las exigencias del pasaporte de baterías.

Preparación de la cadena de valor de las baterías

El documento está dirigido principalmente a los operadores económicos que participan en la cadena de valor de las baterías, incluidos fabricantes, importadores y otras organizaciones responsables de poner información a disposición a través del Pasaporte Digital de Baterías. También puede resultar útil para organismos de evaluación de la conformidad, autoridades de vigilancia del mercado y otros agentes implicados en la aplicación del Reglamento de Baterías.

La Comisión Europea plantea esta guía como una herramienta para facilitar una comprensión común de los requisitos de información asociados al pasaporte y favorecer un enfoque coherente en el sector. Al concentrar los puntos de datos relevantes en un único documento, permite a las organizaciones identificar qué información deberán recopilar, evaluar y poner a disposición, así como empezar a adaptar sus procesos internos, sistemas de datos y prácticas de elaboración de informes.

A partir del 18 de febrero de 2027, cada batería de vehículo eléctrico, cada batería de medio de transporte ligero y cada batería industrial con una capacidad superior a 2 kWh que se introduzca en el mercado o se ponga en servicio deberá contar con un pasaporte de batería.

Alcance jurídico y futuras actualizaciones

La guía debe leerse junto con el Reglamento (UE) 2023/1542 y con los actos delegados o de ejecución que resulten pertinentes. El documento no incorpora nuevas obligaciones legales y no debe considerarse una interpretación autorizada de la legislación ni una posición oficial de la Comisión Europea sobre su aplicación.

La Comisión Europea indica que el contenido podrá seguir desarrollándose a medida que avance la implantación del sistema. Las futuras actualizaciones podrían aportar aclaraciones adicionales sobre puntos de datos concretos e incluir posibles unidades de medida o formatos de presentación de informes, con el objetivo de mejorar la comparabilidad y la coherencia de la información disponible en el Pasaporte Digital de Baterías.

 
 
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