El Gobierno aprueba medidas urgentes de apoyo a las empresas electrointensivas

Reyes Maroto, ministra de Industria, Comercio y Turismo.

El último Consejo de Ministros ha aprobado un paquete de medidas urgentes para el impulso de la industria española que incluyen actuaciones de apoyo a las empresas electrointensivas. El Real Decreto-Ley aprobado el pasado 7 de diciembre contempla la figura del Consumidor Electrointensivo y permitirá la creación de redes de distribución de energía eléctrica cerrada.

Reyes Maroto, ministra de Industria, Comercio y Turismo.

El Real Decreto-Ley de Medidas Urgentes para el Impulso de la Competitividad Económica en el Sector de la Industria y el Comercio aprobado el 7 de diciembre en Consejo de Ministros aborda aspectos inaplazables que afectan a la competitividad de los sectores industrial y comercial, informa el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Según figura en el nuevo texto normativo, «el cambio de paradigma hacia un modelo de economía circular y un modelo energético sostenible requiere un esfuerzo de transformación por parte del sector industrial que contribuya a mantener y potenciar su competitividad».

Así, el Marco Estratégico para la España industrial 2030 del Gobierno y las Agendas que lo desarrollan contemplan medidas a corto y medio plazo con el fin de alcanzar, en este ámbito, un crecimiento sostenible, justo e integrador, con los objetivos de incrementar la competitividad del tejido industrial español, favorecer e impulsar la adopción de la Industria Conectada 4.0, impulsar el crecimiento y desarrollo de las pymes industriales y profundizar en la generación de talento y puestos de trabajo de calidad.

Estas actuaciones deben acometerse sin demora para evitar una pérdida de competitividad que conduzca a la industria española a una situación de desventaja en los mercados internacionales y con respecto del resto de socios europeos, y que le permita hacer frente a los retos de la digitalización y globalización que la economía mundial está experimentando de manera cada vez más acelerada.

Redes de distribución de energía eléctrica cerradas

Se modifica la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, permitiendo la creación de redes de distribución de energía eléctrica cerradas, que permitirán una reducción de costes de la energía eléctrica para la mediana y gran industria concentrada en ámbitos territoriales reducidos, garantizando unas condiciones de conexión a la red pública de manera que esta no quede afectada.

El Real Decreto-Ley establece los principios básicos que deben regir la constitución y autorización de estas redes y fija un plazo máximo de seis meses para que el Gobierno desarrolle el reglamento que recoja el procedimiento y los requisitos que deberán cumplirse para el otorgamiento de la autorización administrativa, de acuerdo con los principios de sostenibilidad económica y financiera del sistema, eficiencia energética y transición justa.

Estatuto de Consumidores Electrointensivos

Por otro lado, el Real Decreto contempla la figura del Consumidor Electrointensivo y da un mandato al Gobierno para que, en el plazo de seis meses, elabore y apruebe un estatuto que reconozca las particularidades de aquellos consumidores con un elevado uso de la electricidad, un elevado consumo en horas de baja demanda eléctrica y una curva de consumo estable y predecible. Dicho estatuto recogerá los derechos y obligaciones de estos consumidores electrointensivos en relación a su participación en el sistema y los mercados de electricidad.

Para estas empresas el precio de la electricidad es uno de los principales factores de producción y con este estatuto podrán mantener competitividad y cuota de mercado.

La creación y regulación de esta figura permitirá proporcionar a estos consumidores de escenarios predecibles para sus costes energéticos, reduciendo la volatilidad inherente a los mercados energéticos globales y dotando de seguridad a las inversiones industriales.

Cogeneración

En la Disposición Transitoria 3ª se establece que las instalaciones de cogeneración que utilicen combustibles renovables o gas natural, y que hayan superado su vida útil regulatoria con fecha posterior al 1 de enero de 2018, podrán percibir el término de retribución a la operación correspondiente a su instalación tipo por la energía que produzcan hasta un periodo máximo de dos años.

 
 
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