Hasta 91 millones en ayudas para compensar los costes por emisiones de CO2 de la industria electrointensiva

Industria electrointensiva

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 29 de marzo la concesión de 91 millones de euros para compensar los costes por emisiones de CO2 de la industria electrointensiva. En concreto, el Gobierno ha autorizado la convocatoria para la concesión de las subvenciones dispuestas en el Real Decreto 1055/2014 por el que se crea un mecanismo de compensación de costes de emisiones indirectas de gases de efecto invernadero de 2018.

Aprobada la concesión de 91 millones de euros para compensar los costes por emisiones de CO2 de la industria electrointensiva.

La cuantía máxima de las ayudas será de 91 millones de euros (70 millones aportados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el resto por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo) imputables a los costes de emisiones indirectas incurridos en 2018.

De esta manera, el Gobierno responde a la demanda de la industria electrointensiva con una iniciativa que beneficia especialmente a este tipo de consumidores, ya que su objetivo es reforzar la competitividad de empresas radicadas en España que operan en mercados internacionales y no pueden repercutir esos costes en el precio de venta de sus productos.

Borrador del Estatuto del Consumidor Electrointensivo

Este instrumento está incluido en el borrador del Estatuto del Consumidor Electrointensivo, que tiene como finalidad proporcionar un marco de estabilidad, y potenciar el crecimiento económico y la competitividad de la industria. Esta semana, los equipos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y del Ministerio para la Transición Ecológica se han reunido con representantes de asociaciones empresariales y sindicatos para poner en común el escenario relativo al Estatuto del Consumidor Electrointensivo, una vez cerrado el preceptivo periodo de alegaciones al texto presentado por el Gobierno.

Los beneficiarios de la ayuda deberán cumplir con las obligaciones recogidas en el artículo 5 del Real Decreto-ley 20/2018, de 7 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio en España y asociadas al mantenimiento de la actividad industrial.

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo explica en nota de prensa que la actividad productiva durante 2018, objeto de esta convocatoria, ha de ser justificada y verificada por verificador acreditado. La intensidad de la ayuda no podrá superar el 80% de los costes subvencionables incurridos en 2018.

 
 
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