Ivace lanza una línea de ayudas para autoconsumo colectivo en comunidades energéticas

Resolución en el DOGV

Dirigida específicamente a las comunidades locales de energía, la Generalitat Valenciana, a través de Ivace Energía, ha puesto en marcha una nueva línea de ayudas para impulsar las instalaciones de autoconsumo colectivo. Para este año 2020, esta línea de subvenciones contará con un presupuesto de 550.000 euros.

Resolución publicada en el DOGV por la que se convocan ayudas para fomentar en comunidades energéticas locales las instalaciones de autoconsumo compartido.

Con el fin de fomentar las instalaciones de autoconsumo compartido en comunidades energéticas locales, se subvencionará hasta en un 65% el coste de los proyectos de energía solar fotovoltaica para la generación y autoconsumo colectivo de energía eléctrica.

Cuantía de las ayudas

En concreto, Ivace Energía subvencionará hasta un 45% del coste de las instalaciones de energía solar fotovoltaica, para la generación y autoconsumo colectivo, aunque la intensidad de la ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para medianas empresas, y en hasta 20 puntos porcentuales para las pequeñas empresas, ayuntamientos, entidades públicas e instituciones sin ánimo de lucro.

La cuantía máxima subvencionable por proyecto será de 100.000 euros. El plazo para la presentación de solicitudes se inicia este viernes 12 de junio y se prolongará hasta el próximo 10 de julio.

Solicitantes de las subvenciones

Según se publica en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), puede acogerse a estas ayudas cualquier entidad local en agrupación con cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada. Se incluyen las agrupaciones sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes, así como empresarios individuales y pymes, que constituyan una comunidad energética renovable.

De esta manera, pueden beneficiarse de estas subvenciones aquellas entidades que se basen en una participación abierta y voluntaria, sean autónomas y controladas por sus miembros que estén situados en las proximidades de los proyectos de energías renovables propiedad de la agrupación.

En cuanto a la finalidad de la actividad de la agrupación, debe ser proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus miembros o a las zonas locales donde opera, en lugar de ganancias financieras. Entre otras, las actividades de la agrupación deberán ser la generación de energía procedente de fuentes renovables, la distribución, el suministro, el consumo, la agregación, el almacenamiento de energía, la prestación de servicios de eficiencia energética, la prestación de servicios de recarga para vehículos eléctricos u otros servicios energéticos.

La participación de las entidades locales podrá consistir en la participación en la inversión del proyecto o en la cesión de los espacios de titularidad municipal para llevar a cabo las instalaciones objeto de subvención.

 
 
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