Aprobado el Estatuto de los Consumidores Electrointensivos que beneficiará a más de 600 empresas

Estatuto de los Consumidores Electrointensivos

Mediante un Real Decreto, el Consejo de Ministros ha aprobado esta semana el Estatuto de los Consumidores Electrointensivos, que dota a determinadas empresas industriales, en concreto a aquellas para las que el coste del suministro eléctrico resulta especialmente crítico, de un marco jurídico y económico que proporciona seguridad y certidumbre de los costes energéticos y mejora su competitividad internacional, todo ello de conformidad con la normativa comunitaria.

El Estatuto de los Consumidores Electrointensivos beneficiará a 612 empresas de más de 60 actividades industriales.

Se calcula que el Estatuto va a beneficiar a 612 empresas de más de 60 actividades industriales y a unos 300.000 trabajadores. Junto con las Ayudas compensatorias por costes de emisiones indirectas de CO2 y el Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas, supondrán un nuevo marco legal al servicio de la gran industria.

Condición de consumidor electrointensivo

Para obtener la condición de consumidor electrointensivo, el consumo energético anual de la empresa deberá haber sido superior a 1 GWh durante dos de los tres años anteriores y el consumo en las horas correspondientes al periodo tarifario valle (el más barato) debe ser de al menos el 50% de la energía total consumida.

El Ministerio de Industria será el encargado de certificar la condición de consumidor electrointensivo, que se inicia a solicitud del interesado.

Obligaciones y compromisos a las empresas

El Estatuto de los Consumidores Electrointensivos tiene como objetivos dotar a los consumidores electrointensivos de un marco jurídico y económico para el suministro eléctrico que les ayude a mitigar los efectos adversos de sus altos costes energéticos, conforme a la normativa comunitaria, y potenciar la competitividad de la industria, el crecimiento económico y el mantenimiento y generación de empleo de calidad.

El Estatuto impone obligaciones y compromisos a las empresas en los ámbitos de eficiencia energética, I+D+i y sustitución de fuentes contaminantes, que los consumidores electrointensivos habrán de asumir para optar a los mecanismos destinados a la reducción de los costes energéticos.

Entre otras cosas, cabe destacar también la obligatoriedad de mantener la actividad productiva durante un periodo de al menos tres años, a partir de la fecha de concesión de las ayudas.

Mecanismos de apoyo

Entre los mecanismos de apoyo destinados a reducir los costes energéticos figuran un mecanismo de compensación de ciertos cargos repercutidos en los costes de la electricidad hasta un máximo del 85% de los costes imputables en los cargos —repercutidos en los precios del suministro de electricidad— por la financiación de los costes de energías renovables, los costes de cogeneración de alta eficiencia y el extracoste correspondiente a los territorios no peninsulares (TNP).

La compensación de los TNP considerada es sólo la parte financiada con cargo al sistema eléctrico (50% del total), el otro 50% de la financiación va con cargo al PGE.

También se recoge el mecanismo de cobertura de riesgos derivados de la adquisición de energía eléctrica a medio y largo plazo por consumidores electrointensivos. El Estado, a través del Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas (FERGEI), asumirá la cobertura de los riesgos derivados de la adquisición de energía eléctrica a medio y largo plazo de consumidores electrointensivos.

Este mecanismo fomenta la contratación a largo plazo de energía eléctrica de estos consumidores, ya sea directamente o a través de un intermediario, producida por instalaciones de generación de energía eléctrica, y en particular procedente de instalaciones de generación renovable, mediante mecanismos de cobertura de las garantías que tienen que prestar los consumidores para la firma de dichos contratos a través de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación SA (CESCE).

 
 
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