Aprobado el mecanismo de reparto variable de la energía en el autoconsumo compartido

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha aprobado la orden ministerial TED/1247/2021, que permite a los partícipes de una misma instalación de autoconsumo compartido repartirse de forma variable su producción, de modo que pueda optimizarse la misma. Este reparto, que podrá ser distinto en todas y cada una de las horas del año, será flexible y podrá modificarse cada cuatro meses, para ajustarse mejor a las pautas de consumo de los usuarios.

La nueva normativa también permite utilizar coeficientes fijos si así lo deciden los usuarios de la instalación de autoconsumo.

La orden, publicada el 16 de noviembre en el Boletín Oficial del Estado, modifica el Anexo I del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, e introduce coeficientes variables de reparto para la producción de la instalación de autoconsumo compartido. Hasta ahora, la normativa sólo contempla coeficientes de reparto fijos.

A partir de la publicación de la orden, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia actualizará los formatos de los ficheros de intercambio de información entre comercializadoras y distribuidoras. Tras esta actualización, las compañías eléctricas dispondrán de un periodo de cuatro meses para la adaptación de los sistemas de facturación.

Coeficientes de reparto distintos para cada hora del año

Cuando el nuevo mecanismo esté en vigor, los usuarios de autoconsumo colectivo podrán establecer coeficientes de reparto distintos para cada hora del año, lo que permitirá optimizar el reparto de energía generada por la instalación, especialmente cuando los partícipes tengan pautas de consumo muy diferentes durante el día, la semana o durante el año, como puede ser el caso de edificios que combinen locales comerciales, oficinas y viviendas.

Los coeficientes variables deben establecerse con anterioridad a que se produzcan los consumos y se genere la energía, para evitar dificultades y retrasos en la facturación, en la interacción entre las distintas comercializadoras y en la remisión de los datos a estas.

En concreto, los coeficientes variables deberán establecerse para cada hora del año y se podrán cambiar cada cuatro meses. Se ha optado por una fórmula de modificación ex ante, porque una fijación ex post podría suponer dificultades y retrasos en la facturación, en la interacción entre las distintas comercializadoras y en las remisiones a las distintas comercializadoras de esta información.

Para no penalizar los consumos colectivos ya establecidos, se prevé que estos puedan adoptar el sistema de coeficientes variables, aunque no hayan transcurrido cuatro meses desde que iniciaron su autoconsumo. En todo caso, se mantiene la posibilidad de utilizar coeficientes fijos para los autoconsumos colectivos que lo deseen.

 
 
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