Hasta el 9 de septiembre se podrán presentar alegaciones en los trámites de audiencia pública abiertos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de dos propuestas de circular sobre la metodología de retribución de la actividad de transporte eléctrico durante los próximos seis años y los valores unitarios de referencia de las instalaciones. Se proponen mejoras en el modelo retributivo de una actividad que se enfrenta en el próximo período retributivo a un aumento muy relevante de las inversiones.
Ambas propuestas han sido elaboradas tras un proceso de consulta pública, en el que se ha recabado la opinión de los agentes del sector, instituciones y ciudadanía; y ahora se someten los borradores a audiencia pública.
Esta revisión de metodología, que se lleva a cabo cada seis años, se enmarca en el proceso de transición y modernización del sector eléctrico, buscando garantizar un marco regulatorio eficiente, transparente y adaptado a los retos del futuro, en particular al desarrollo de redes eléctricas.
Metodología de retribución del transporte eléctrico y valores unitarios
La circular por la que se modifica la metodología de cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica establecida en la Circular 5/2019 (CIR/DE/007/24) responde a la necesidad de adaptar el marco retributivo al nuevo contexto energético, caracterizado por un aumento significativo en las inversiones necesarias para la transición energética.
Para asegurar una asignación eficiente de recursos y fomentar la mejora continua del desempeño del gestor de la red eléctrica, se establecen nuevos parámetros técnicos y económicos para el periodo regulatorio 2026-2031.
Entre las principales novedades introducidas por la circular destacan la modificación del cálculo del valor de inversión, que ahora se realizará anualmente en función del valor auditado y cada tres años se ajustará en función de los valores unitarios de referencia; la inclusión de una retribución financiera para la obra en curso en instalaciones singulares; y la reformulación del incentivo de disponibilidad, que se integra en un nuevo incentivo de calidad basado en dos indicadores: el Índice de Indisponibilidad (II) y el Tiempo de Interrupción Medio (TIM). Además, se introduce un incentivo negativo por incumplimiento de las fechas de puesta en servicio previstas en la planificación, y se incrementa la penalización por prudencia financiera del 1% al 1,5%.
Por su parte, la circular que establece los nuevos valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento para las instalaciones de transporte de energía eléctrica (CIR/DE/008/25) se fundamenta en la necesidad de adaptar dichos valores a la evolución de los costes reales observados durante el periodo regulatorio anterior, utilizando como base la información regulatoria de costes y las auditorías de inversión.