Entra en vigor el nuevo marco de permisos de acceso flexible para la demanda eléctrica

La nueva regulación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre los permisos de acceso flexible para la demanda eléctrica surte efectos desde este martes 1 de septiembre, para facilitar la conexión de nuevos consumidores cuando no exista capacidad firme disponible, siempre bajo condiciones que preserven la seguridad y la fiabilidad del sistema. La medida afecta a la red de transporte y a las redes de distribución y busca facilitar nuevos consumos electrificados mediante una gestión más flexible de la capacidad existente.

Los permisos de acceso flexible permitirán aprovechar mejor las redes ya existentes y facilitarán la conexión de nuevos consumos, impulsando así la electrificación.

El nuevo marco permitirá conectar instalaciones en nudos sin capacidad firme si técnicamente es posible operar con restricciones, como adaptar o reducir la demanda en determinados periodos. La resolución desarrolla la Circular 1/2024, de 27 de septiembre, que fija la metodología y las condiciones de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución para instalaciones de demanda.

Modalidades de permisos de acceso flexible a la red eléctrica

La regulación contempla cuatro tipos de permisos de acceso flexible, cuya disponibilidad para solicitud estará sujeta al calendario establecido para cada modalidad. El permiso tipo 0 se aplicará en redes de distribución y se basará en patrones horarios de consumo, de modo que las instalaciones solo podrán utilizar la potencia flexible asignada dentro de los intervalos autorizados.

El permiso tipo 1, previsto para redes de distribución del sistema eléctrico peninsular, se dirige a instalaciones que cumplen los criterios de acceso firme en condiciones normales, pero no en situaciones concretas de indisponibilidad de elementos de la red. En esos casos, el mecanismo se apoyará en la desconexión remota de la posición dedicada en subestación cuando resulte necesario para garantizar la seguridad.

El permiso tipo 2 también se aplicará en redes de distribución peninsulares, para instalaciones con potencia flexible superior a 1 MW. Esta modalidad introduce una gestión activa de la flexibilidad mediante instrucciones del gestor de la red de distribución, que podrá limitar total o parcialmente la potencia flexible de forma programada o en tiempo real.

El permiso tipo 3 queda reservado a instalaciones de consumo conectadas a la red de transporte del sistema eléctrico peninsular con capacidad flexible superior a 1 MW. Estas instalaciones deberán estar preparadas para reducir el consumo asociado a esa capacidad cuando lo solicite el operador del sistema por motivos de seguridad.

Control operativo, almacenamiento y supervisión

La resolución incorpora el Procedimiento de Operación de Distribución POD1, que fija los criterios de seguridad y operación de la flexibilidad en las redes de distribución. Este procedimiento define parámetros de control eléctricos, requisitos de observabilidad de las instalaciones, envío de medidas en tiempo real, protocolos de operación y mecanismos de coordinación entre gestores de red, operador del sistema y sujetos afectados.

Las instalaciones de almacenamiento, incluidos bombeos y baterías, tendrán un tratamiento específico. Sus solicitudes de acceso de demanda se analizarán como solicitudes de acceso flexible, conforme al Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo. La resolución también prevé un régimen transitorio para adaptar los permisos de almacenamiento ya concedidos.

La CNMC supervisará la implantación de estos permisos. Para ello, los gestores de red deberán remitir anualmente información sobre su uso efectivo, y se publicarán mapas con la capacidad de acceso flexible disponible. Este marco de flexibilidad irá acompañado de requisitos de control, información en tiempo real y coordinación operativa por parte de los gestores de las redes.

Calendario de aplicación de la nueva regulación

La resolución surte efectos desde el 1 de septiembre de 2026. Los permisos tipo 0, tipo 1 y tipo 3 podrán solicitarse en el plazo de seis meses desde esa fecha. En el caso del tipo 3, hasta el 1 de enero de 2029 solo podrán tramitarse cuando el punto de conexión a la red de transporte sea una posición de conexión con motivación de consumidor dedicada en exclusiva al titular y operada por el gestor de la red de transporte.

Los permisos tipo 2 podrán solicitarse cuando el gestor de la red de distribución disponga de las herramientas de visibilidad y control necesarias y, en todo caso, no más tarde del 1 de enero de 2028. Para los permisos tipo 1 y tipo 2 en distribución, la tensión nominal inicial del punto de conexión deberá ser igual o superior a 30 kV.

Posteriormente, ese umbral se reducirá a tensiones superiores a 1 kV para ampliar la aplicación de los permisos tipo 1 y tipo 2 a más instalaciones conectadas en redes de media tensión. Los gestores de red deberán desarrollar para ello las herramientas de observabilidad, supervisión y control necesarias. La regulación también busca facilitar la incorporación de proyectos industriales electrificados, con impacto en la descarbonización y en la reducción de la dependencia de combustibles fósiles.

 
 
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