Audiencia pública para establecer requisitos de sostenibilidad y acceso a la red para los centros de datos

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) tiene abierto el trámite de audiencia e información pública sobre el proyecto de real decreto que regulará los requisitos de sostenibilidad energética, medioambiental, resiliencia y soberanía digital aplicables a los centros de datos conectados a las redes eléctricas. La norma busca ordenar el despliegue de estas infraestructuras, cuya demanda de acceso ya supera las previsiones más ambiciosas de crecimiento para los próximos años.

El plazo para presentar documentación está abierto hasta el 4 de septiembre.

El texto parte del aumento de solicitudes registrado en España: desde la aprobación del Real Decreto-ley 8/2023, el gestor de la red de transporte ha concedido más de 6 GW de capacidad de acceso a centros de datos, mientras que en distribución se han otorgado en torno a otros 6 GW desde 2020. Estas cifras contrastan con la Estrategia de Inteligencia Artificial 2024, que prevé 2,5 GW de potencia de computación en 2030, equivalentes a entre 3,5 y 4 GW de demanda eléctrica.

Requisitos para centros de datos desde 1 MW

El proyecto desarrolla la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, que ordena establecer condiciones de sostenibilidad energética, medioambiental, resiliencia y soberanía digital para los centros de datos que se conecten a redes de transporte y distribución. Las obligaciones principales se aplicarán a las instalaciones con una potencia de acceso igual o superior a 1 MW, al considerarse que tienen una incidencia apreciable sobre la capacidad de red, los recursos hídricos y el territorio.

La propuesta también fija obligaciones de comunicación y publicidad para centros de datos con una potencia de tecnología de la información igual o superior a 500 kW, en línea con el Reglamento Delegado (UE) 2024/1364 y con la Directiva (UE) 2023/1791 sobre eficiencia energética. Estas obligaciones abarcan información relevante sobre rendimiento energético, uso de renovables, huella hídrica y demanda.

En soberanía digital, la entidad operadora o, si no existe una entidad operadora diferenciada, el titular del centro deberá presentar antes de la puesta en explotación una declaración responsable. Su contenido quedará sometido al control posterior del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y el cumplimiento de estos requisitos será necesario para conservar los permisos de acceso y conexión.

Soberanía digital, eficiencia energética y uso del agua

Los requisitos de soberanía digital se limitan a los elementos bajo control directo o contractual del obligado. Incluyen el establecimiento en la Unión Europea, la permanencia en la UE de los datos operativos bajo su control, la trazabilidad del soporte prestado desde terceros países, la supervisión de subcontratistas directos y medidas frente a accesos o transferencias de datos requeridos por autoridades de terceros Estados que sean contrarios al Derecho aplicable.

El proyecto incorpora una regla específica para los sistemas de información del sector público sujetos al Esquema Nacional de Seguridad. Los centros de datos no podrán alojarlos salvo que los datos controlados por entidades públicas, incluidos metadatos, telemetría, registros, réplicas y copias de seguridad, se traten, almacenen y transfieran exclusivamente dentro de la Unión Europea.

En materia de eficiencia, los centros incluidos en el ámbito de aplicación deberán cumplir criterios de eficacia en el uso de la energía, PUE, y de eficacia en el uso del agua, WUE, correspondientes a la clase A de la futura escala europea. Hasta la aplicación del sistema europeo de etiquetado, prevista para agosto de 2027, se fijan valores máximos transitorios de PUE de 1,15 y WUE de 0,1, calculados conforme al anexo III del Reglamento Delegado (UE) 2024/1364.

Renovables, acceso a red y régimen de incumplimientos

El real decreto plantea criterios de adicionalidad y correlación horaria para que los nuevos consumos de los centros de datos se apoyen en una elevada proporción de nueva generación renovable. Si la integración renovable en el mix eléctrico supera el 90%, podrán concederse permisos de acceso y conexión sin exigencias previas de acreditación en adicionalidad y correlación, aunque con un máximo de horas de consumo vinculado a ese nivel de penetración renovable.

Hasta alcanzar ese umbral, las instalaciones deberán acreditar la cobertura de sus consumos, en el porcentaje que establezca la norma, mediante generación renovable. Podrán hacerlo a través de las modalidades de autoconsumo previstas en el Real Decreto 244/2019 o mediante instrumentos de cobertura a plazo, garantizando además factores de adicionalidad y correlación horaria.

El proyecto prevé que el incumplimiento de los requisitos pueda conllevar la pérdida de los permisos de acceso y conexión y un régimen de recargos sobre cargos y peajes eléctricos, en función de la naturaleza y reiteración del incumplimiento. La norma también regula los medios de acreditación, los agentes intervinientes y la forma de actuar cuando los nudos estén activados para concurso conforme al Real Decreto 1183/2020.

El plazo para presentar documentación a este trámite de audiencia pública está abierto hasta el viernes 4 de septiembre de 2026. Las alegaciones deben remitirse a la Dirección General de Política Energética y Minas a través del correo bzn-gabinete_see@miteco.es, con el asunto ‘Alegaciones_PRD CPD Sostenibilidad’.

 
 
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