El BOE publica las bases reguladoras de las ayudas a instalaciones renovables en territorios insulares

Paneles solares y aerogeneradores de energía eólica.

El pasado 25 de diciembre fue publicada en el BOE la Orden TEC/1380/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías eólica y fotovoltaica situadas en los territorios no peninsulares. Estas ayudas, cofinanciadas con Fondos FEDER, pretenden impulsar la generación eléctrica renovable en las islas.

Una vez publicada la Orden, hay que esperar a la publicación de las correspondientes convocatorias, que establecerán el valor de la potencia máxima instalada a la que se puede otorgar ayuda para cada localización o tipología de proyecto.

Las ayudas reguladas en estas bases se articularán a través de las correspondientes convocatorias que se aprueben mediante resolución del Consejo de Administración del IDAE, órgano que será responsable de seleccionar los proyectos a cofinanciar, determinando el gasto subvencionable de los mismos, de examinar las justificaciones de gasto remitidas por los beneficiarios y de realizar las verificaciones necesarias que permitan certificar dichos gastos a la Autoridad de Gestión del POPE.

La gestión centralizada de las ayudas por el IDAE se fundamenta en el carácter singularizado de su ámbito de aplicación, en este caso en territorios no peninsulares, cuyos sistemas eléctricos aislados y de reducido tamaño presentan mayores dificultades para la integración de la producción eléctrica a partir de fuentes de energía renovables. De esta manera, se da un impulso a la producción de energía eléctrica con tecnologías de origen renovable, favoreciendo así la transición hacia una economía baja en carbono.

Ayudas para descarbonizar la economía de las islas

El ámbito temporal de vigencia de esta orden comenzó el 26 de diciembre de 2018 y finalizará el 31 de diciembre de 2020. No obstante, las ayudas concedidas se seguirán rigiendo por esta orden y por las correspondientes convocatorias dictadas al amparo de la misma, hasta la finalización y cierre de los correspondientes expedientes.

Dichas convocatorias podrán establecer el valor de la potencia máxima instalada a la que se puede otorgar ayuda para cada localización o tipología de proyecto. El presupuesto financiable máximo por proyecto será, en todo caso, inferior a 50 millones de euros.

Las instalaciones deberán encontrarse completamente finalizadas antes del 31 de diciembre de 2022, salvo que la convocatoria correspondiente establezca otro plazo.

 
 
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