Esta semana se han publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea dos importantes conjuntos de normas dirigidas a hacer que los mercados energéticos sean más transparentes y justos. Las nuevas normas cubren plataformas de información privilegiada y mecanismos de información registrados, y normas de comunicación de datos.
En septiembre del año pasado estas nuevas normas se abrieron a comentarios. Tras finalizar el plazo de respuesta y análisis de las aportaciones recibidas, las normas han sido ahora adoptadas por la Comisión Europea en virtud del Reglamento (UE) 1227/2011 relativo a la integridad y la transparencia del mercado mayorista de la energía (REMIT), modificado en 2024, que garantiza una supervisión ágil y la transparencia en el mercado mayorista de la energía, así como la prevención de la manipulación del mercado.
Transparencia del mercado energético
El primer bloque normativo corresponde a un Reglamento Delegado sobre plataformas de información privilegiada y mecanismos de información registrados. La norma regula el procedimiento de autorización, su posible retirada y la supervisión de las entidades que comunican datos del mercado energético a la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) de la UE. Según el texto, la finalidad es garantizar que el proceso de autorización y control de estas entidades sea claro y equitativo.
El segundo conjunto de medidas deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 1348/2014 sobre comunicación de datos. Su finalidad es mejorar la forma en que se remite la información del mercado energético a ACER, con el fin de que la agencia pueda supervisar con mayor eficacia los mercados mayoristas de la energía y detectar posibles abusos de mercado. Además, este nuevo marco busca establecer un sistema equilibrado para que los participantes del mercado faciliten datos a ACER, reduciendo, cuando sea posible, las cargas de reporte que soportan estos operadores.
El Reglamento Delegado (UE) 2026/255 de la Comisión Europea relativo a la autorización y supervisión de las plataformas de información privilegiada y los mecanismos de notificación registrados y el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/256 de la Comisión Europea relativo a la comunicación de datos entrarán en vigor el 29 de abril de 2026. A partir de esa fecha se abrirá un periodo transitorio para la aplicación de la mayoría de sus disposiciones, con el propósito de dar tiempo a los participantes del mercado y a otros actores afectados para ajustarse a los cambios introducidos.
