El Congreso avala las medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios energéticos

El Pleno del Congreso de los Diputados ha convalidado el jueves 14 de octubre el Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre de 2021, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad. El texto recoge una serie de medidas generales para beneficiar a todos los consumidores y medidas específicas de mayor incidencia en los consumidores vulnerables, familias, pymes y el tejido industrial, así como el medio ambiente y los territorios próximos a los grandes embalses.

El Real Decreto-ley 17/2021 fue publicado el 15 de septiembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y ahora ha sido avalado por el Congreso de los Diputados.

Entre las medidas que contribuyen a la reducción de los costes de la factura final eléctrica, se prorroga un trimestre adicional la suspensión temporal del Impuesto sobre la Venta de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE). Y se establece hasta el 31 de diciembre de 2021, de forma excepcional y transitoria, una reducción del tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE), regulado en la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales, del 5,1% al 0,5%, el mínimo permitido por la regulación comunitaria.

Subastas de contratos de compra de energía a plazo

Mediante el artículo 3, se dispone que el Ejecutivo apruebe un calendario de subastas de contratos de compra de energía a plazo, se regulan sus aspectos esenciales y se determina que la primera de estas subastas se celebre antes del final de este año. La iniciativa establece mecanismos para fomentar la contratación a plazo de energía eléctrica mientras el grado de competencia y liquidez en los mercados a plazo así lo precise. Estos mecanismos «tomarán la forma de subastas de contratos de compra de energía a largo plazo», en las condiciones y plazos que se especifiquen en la convocatoria, para permitir «incrementar la liquidez de los mercados eléctricos», según se indica en la normativa.

También se ha aprobado la minoración temporal del exceso de retribución que están obteniendo las centrales de generación eléctrica no emisoras de gases de efecto invernadero en el mercado mayorista. Para ello, se aplicará una fórmula mediante la cual la rebaja retributiva será proporcional al precio del Mercado Ibérico del Gas (MibGas).

Además, a través de este real decreto-ley se introduce un artículo 45 bis y se modifica el apartado 3 del artículo 52 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, estableciendo un suministro mínimo vital que prohíbe el corte del servicio por impago a los beneficiarios del bono social eléctrico durante seis meses adicionales a los cuatro ya existentes. Y se complementa con la modificación del Real Decreto 897/2017, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable.

Por último, cabe destacar que la norma limita el crecimiento de la tarifa de gas (TUR), limitando durante un semestre el impacto del coste de la materia prima en el cálculo de las tres bandas de la tarifa de último recurso de gas natural, de tal manera que el incremento medio en la próxima revisión trimestral, el 1 de octubre, será del 4,6%, en lugar del 29%.

Aprobación del Congreso

El Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre de 2021, ha sido avalado en el Congreso con 182 votos a favor, 150 en contra y 13 abstenciones. Además, se ha rechazado que se tramite como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia por 161 votos a favor, 182 en contra y 2 abstenciones.

Por otro lado, el Pleno del Congreso también rechazó por 144 votos a favor, 198 en contra y 4 abstenciones, la enmienda a la totalidad presentada al proyecto de ley por la que se actúa sobre la retribución del CO2 no emitido del mercado eléctrico. De esta forma, la iniciativa del Gobierno continuará su tramitación parlamentaria.

 
 
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