Audiencia pública para mejorar las facturas de electricidad de hogares y pequeños consumidores

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha lanzado un trámite de audiencia pública con el que plantea actualizar el contenido mínimo de las facturas de electricidad de hogares y pequeños consumidores para hacerlas más comprensibles e incorporar información derivada de los últimos cambios normativos. La propuesta afecta a consumidores en baja tensión con hasta 15 kW de potencia contratada, tanto en el mercado regulado como en el mercado libre, y presta especial atención a los casos de autoconsumo.

El trámite de audiencia pública está abierto hasta el 6 de julio.

Entre las nuevas variables previstas figuran el coste medio de la energía consumida, el tipo de contrato suscrito, ya sea a precio fijo o indexado, y el nombre del producto u oferta contratada en el mercado libre. Las facturas también deberán incluir información sobre el consumo medio de consumidores con características similares en el mismo código postal, presentada con apoyo gráfico, con el objetivo de favorecer el ahorro y la eficiencia energética.

Los cambios se recogen en la Propuesta de resolución por la que se establece el contenido mínimo obligatorio de las facturas de electricidad emitidas por comercializadores del mercado libre a consumidores en baja tensión de hasta 15 kW no acogidos a las tarifas de último recurso, así como el contenido mínimo obligatorio y el formato que deberán utilizar los comercializadores de referencia. El texto se somete a audiencia pública. Las observaciones y alegaciones a la propuesta pueden enviarse hasta el 6 de julio al correo electrónico bzn-facturaelec@miteco.es, indicando en el asunto ‘Factura eléctrica’ .

Nuevos datos obligatorios en la factura eléctrica

La propuesta modifica el contenido mínimo y el modelo de la factura mensual de electricidad para adaptarlos a la evolución regulatoria. En particular, incorpora elementos del Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, aprobado mediante el Real Decreto 88/2026.

Entre esos elementos se incluyen las posibles penalizaciones aplicadas y el importe de los intereses en caso de refacturación, que deberán aparecer debidamente desglosados. Además, cuando exista una lectura estimada, la factura tendrá que indicar el motivo de esa estimación. El nuevo modelo también prevé una cláusula informativa sobre protección de datos y sobre la decisión individual automatizada utilizada en el otorgamiento del bono social.

Más información para autoconsumo y comparador de ofertas

Las facturas de los consumidores con autoconsumo concentrarán una parte relevante de las modificaciones, tanto en el mercado libre como en el regulado. Deberán reflejar la modalidad de autoconsumo, el tipo de autoconsumo y el Código de Autoconsumo, además de datos técnicos asociados a la generación.

En concreto, se incorporará la medida del contador de generación neta desglosada por períodos horarios y la energía neta horaria generada de forma individualizada, también separada por períodos horarios. Esta información amplía el detalle disponible para los consumidores que producen parte de la electricidad que consumen.

En el caso de las facturas acogidas al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), se añadirá un apartado denominado comparador de ofertas en la esquina inferior derecha de la primera página. Este espacio incluirá un código QR enlazado al Comparador de Ofertas de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

 
 
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